Actualizan a más de 570 personas sobre la Factura Electrónica en México su uso y obligatoriedad para 2011
En el marco de Expo Finanzas el Ing. José Luis Cortés -Director de Comercialización de Buzón e para Grupo Estafeta-, ofreció a más de 570 personas la conferencia “Casos prácticos de la facturación electrónica para grandes empresas, Pymes y personas físicas” y el taller “La factura electrónica para 2010 y 2011: diferentes opciones para afrontar los cambios”, con el objetivo de continuar impulsando la cultura del uso de la Factura Electrónica en México, acorde a la indicación del servicio marcado por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Durante su participación en la Conferencia, comenzó explicando los conceptos, evolución y características de Factura Electrónica (FE) y Comprobantes Fiscales Digitales (CFD), así como los estándares tecnológicos y de seguridad que deben tener este tipo de documentos, explicó las ventajas del uso de FE frente a la emisión en papel, “una empresa ahorra por lo menos el 60% de sus gastos de distribución, tenemos clientes que han ahorrado hasta el 95% de sus costos relacionados con la distribución de documentos, así mismo, los tiempos de generación de documentos se han reducido en un 33%”. Continuó hablando sobre la forma y ventajas de emitir FE a través de medios propios o de un tercero autorizado por el SAT -de este último mostró gráficamente cómo se puede identificar si quien ofrece estos servicios tienen o no autorización oficial- por lo que recomendó visitar la página del SAT www.sat.gob.mx en donde se encuentra la lista de proveedores de facturación electrónica autorizados “hoy más del 50% de contribuyentes que emiten FE lo hacen a través de un tercero”. Concluyó su participación con una demostración de generación de FE.
En el taller informó, sobre la obligatoriedad hacendaria del uso de FE que por ley a partir del 1º de Enero de 2011 aplicará a las empresas de todos los giros y tamaños, así como a personas físicas que facturen una cantidad mayor a 2,000.00 pesos. En ambos casos para iniciar este proceso se deberán contar con:
- Certificado de Firma Electrónica Avanzada – Certificado de Sello Digital – Determinado Rango de Folios asignados por el SAT – Dar Aviso de Inicio de Operaciones – Reportar mensualmente las facturas utilizadas.
Sobre la Nom 151 apuntó “esta fue publicada en 2002 como un requisito por parte del Código de Comercio en su artículo 49 en donde solicita que los documentos comerciales, estén almacenados por lo menos 10 años; en ese mismo artículo menciona que los documentos electrónicos deben ser almacenados cumpliendo la norma oficial mexicana” finalizó.
En Enero de 2004 se modifico el art. 29 del Código Fiscal de la Federación para hablar por primera vez de CFD’S y en Enero de 2005 Buzón e emitió en México la primer factura electrónica para Merkalink empresa dedicada a importar mercancía que en ese momento contaba con 5,000 clientes y que ahora es reconocida como el primer emisor de FE en nuestro país.
En 2007 compañías como Buzón e que ya prestaban servicios de generación de CFDs obtuvieron la autorización como PACFDs y el 7 de Diciembre de 2009 fueron publicadas las disposiciones para CFD que entrarán en vigor en 2011.
De esta manera, los contribuyentes tienen lo que resta de 2010 para prepararse y comenzar el 2011 cumpliendo con los lineamientos que marca la ley.
Acerca de Buzón E S.A. de C.V.: Buzón e en un proveedor autorizado para emitir CFDs, con número de autorización por parte del SAT 74588. Asimismo está autorizado por la Secretaría de Economía como Operador de Sistema de Conservación de la NOM 151. Buzón e, localizado en www.buzone.com, es la primera comunidad en línea para emitir y recibir facturas electrónicas y todo tipo de documentos bajo un sistema de alta seguridad y confidencialidad y es una iniciativa del Grupo Estafeta Mexicana, una empresa pionera y líder en el mercado nacional de Mensajería y Paquetería.
Acerca de la NOM-151: De acuerdo al Código de Comercio los Mensajes de Datos o documentos digitales tales como el Comprobante Fiscal Digital o la Factura Electrónica, deben de ser almacenados durante diez años siguiendo procedimientos establecidos dentro de la NOM – 151. Prácticas comerciales – Requisitos que deben observarse para la conservación de mensajes de datos.
Fuente de Informacion:
economia.terra.com.mx
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