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COMPROBANTES FISCALES DIGITALES Y FACTURA ELECTRÓNICA

El  CFD (Comprobante Fiscal Digital) es un documento electrónico  que maneja estándares  de seguridad internacionalmente reconocidos que garantizan  que dicho documento es autentico, integro, único y será aceptado fiscalmente ante el SAT.

COMPROBANTE FISCAL DIGITAL

El  CFD (Comprobante Fiscal Digital) es un documento electrónico  que maneja estándares  de seguridad internacionalmente reconocidos que garantizan  que dicho documento es autentico, integro, único y será aceptado fiscalmente ante el SAT.

Dentro de los comprobantes Fiscales Digitales se encuentran: Facturas, notas de crédito notas de cargo, recibos de honorarios, recibos de donativos, recibos de arrendamiento, etc.

FACTURA ELECTRÓNICA

La factura electrónica es un CFD (Comprobante Fiscal Digital) que utiliza los estándares definidos por el SAT

PASOS PARA PODER GENERAR FACTURA ELECTRÓNICA

Las personas morales y físicas que opten por emitir facturas electrónicas deben cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Contar con un vigente de firma electrónica avanzada (FEA).
  2. Contar con un certificado de sello digital.
  3. Solicitar Rango de Folios ante el SAT
  4. Que al asignarse el folio, y en su caso serie, el sistema electrónico en que se lleve la contabilidad efectué el registro contable en las cuentas afectadas por cada operación.
  5. Reportar mensualmente la información de las facturas emitidas utilizando la aplicación SICOFI.

¿ES DE CARÁCTER OBLIGATORIO EL USO DE FACTURA ELECTRÓNICA?

El  Adoptar el esquema de la facturación electrónica en el ámbito fiscal es completamente opcional (Art.29 CFF). Aunque actualmente existen empresas de Retail en México que para poder tener relaciones comerciales con estas  deben trabajar bajo este esquema

¿SE PODRÁ EMITIR FACTURAS ELECTRÓNICAS E IMPRESAS SIMULTANEAMENTE?

La factura electrónica podrá imprimirse y tendrá el mismo valor que una factura de imprenta (ART 29-A CFF) y debe contener lo siguiente:

  1. Contener impreso el número de folio.
  2. Lugar y fecha de expedición.
  3. Clave del registro federal de contribuyentes de la persona a favor de quien expida.
  4. Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen.
  5. Valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letra, así como el monto de los impuestos que en los términos de las disposiciones fiscales deban trasladarse, en su caso.
  6. Número y fecha del documento aduanero, así como la aduana por la cual se realizó la importación, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.

FUNDAMENTO LEGAL

  • Art. 29 del Código Fiscal de la Federación
  • Anexo 20 del Diario Oficial de la Federación (1 Septiembre 2004)
  • DOF ENERO 5, 2004
  • DOF MAYO 31, 2004
  • DOF 30 MAYO,  2005
  • DOF DICIEMBRE 19,  2005
  • DOF 3 OCTUBRE 2006

BENEFICIOS  DE LA FACTURA ELECTRÓNICA

  • Reducción de tiempos en procesos administrativos.
  • Mayor productividad
  • Reducción de costos administrativos así como en el volumen de papel, correo, fax y otros gastos fijos.
  • Rapidez y seguridad en el intercambio de de información
 


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